Y es que el paisaje nace cuando miramos nuestro entorno; cuando nos fijamos en esos colores y en el contraste entre cerros y valles, salpicados de cortijos, huertas y torres. El paisaje genera sentimientos de rechazo o gozo, de sosiego o inquietud, cuando lo que vemos se valora desde nuestra vivencia personal. En la medida que el paisaje sigua motivando esas sensaciones placenteras, repetiremos la experiencia una y otra vez, comparando los matices de la vista con el paso de las estaciones, solos o en compañía.
El paisaje se convierte así en un elemento más de nuestro bienestar, pero también en recurso recreativo, de ocio y turismo, que incrementa el precio de venta de una casa rural o el alojamiento en un hotel con vistas. El paisaje se transforma en recurso y como tal en objeto de protección, gestión y ordenación. Son estas iniciativas el campo de trabajo de los técnicos de las ciencias espaciales, entendidas como aquellas cuya acción y objeto de estudio se manifiesta en el espacio, y que definen la política de paisaje de un territorio.
A nivel europeo, nacional y regional, existen normas de ámbito paisajístico que tratan de proteger o mejorar el paisaje. El Convenio Europeo del Paisaje es un ejemplo de iniciativa internacional que se desarrolla a través de leyes específicas de paisaje como es el caso de varias comunidades autónomas. En Andalucía existen varias iniciativas de ámbito paisajístico que serán la base para la elaboración de la norma andaluza correspondiente. Es el caso de la Estrategia Andaluza de Paisaje, o las líneas de actuación sobre paisaje que recogen distintos instrumentos de planificación territorial, como el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, o el Plan Subregional del Sur de Córdoba.
En el ámbito local, el Plan General de Ordenación Urbana del Municipio de Baena incluye también propuestas que de alguna manera afectan al paisaje. En el ámbito del suelo no urbanizable, el PGOU limita y restringe los procesos de urbanización en dos unidades que constituyen el entorno paisajístico de las poblaciones de Baena (SNU-EP.B) y Albendín (SNU-EP.A). En el primer caso, el espacio queda delimitado por la variante de carretera nacional N-432 y los limites del suelo urbano y urbanizable propuestos, y en el de Albendín se trata, tal y como se define en el PGOU, de una pequeña zona rocosa y de monte bajo que rodea el casco urbano conformando un escenario paisajístico que es necesario proteger.
En ambos casos, la zona delimitada, aunque representativa del paisaje del entorno, se antoja escasa por su limitada extensión, y porque, como veremos en los distintas entradas que se presentarán sobre el paisaje, el territorio municipal presenta muchos más valores paisajísticos que deberían ser también objeto de protección, gestión y ordenación.
Espero que disfruten como yo de este paseo por Albendín y su entorno.
No hay comentarios:
Publicar un comentario