domingo, 19 de junio de 2011

El paisaje de Albendín y su entorno (3). Paisajes naturales

Ya comentamos en la entrada anterior, la poco significativo de la extensión del paisaje natural en el término de Baena. Es precisamente su rareza en el municipio lo que refuerza la importancia intrínseca de este tipo de paisajes, y la necesidad de plantear medidas especiales de conservación y mejora.

FOTO 1. Vista general del valle del Guadajoz desde A305


En este sentido, la iniciativa pública local tiene un papel fundamental que complementa además a otras estrategias regionales de protección y gestión del entorno natural. En el ámbito del planeamiento, la delimitación de diferentes unidades de suelo no urbanizable y el establecimiento de unas normas particulares de uso constituyen un ejemplo de la concreción de estas competencias municipales respecto al medio y paisaje natural.


El PGOU establece varias categorías de suelo no urbanizable en las que se incluyen espacios de valor ecológico, agroambiental, con fragilidad ambiental, zonas productivas agrícolas de la campiña, patrimonio histórico, vías pecuarias, zonas con potencial para usos turístico-recreativos y los entornos paisajísticos.


Ya comenté en la entrada anterior que la categoría estrictamente paisajística del PGOU se limitaba al entorno cercano de los núcleos urbanos de Baena y Albendín, y que se me antojaba escasa en cuanto a extensión y representatividad del conjunto de paisajes del territorio. Sin embargo, si están representados de una otra forma en el resto de espacios presentados, como veremos en cada una de las entradas dedicadas a cada tipo de paisaje. En este sentido, mientras que se platean o no actuaciones especificas de protección del paisaje en la línea de otras iniciativas locales en desarrollo del Convenio Europeo del Paisaje, podemos decir que al menos tenemos una base mínima de protección local de este tipo de paisajes desde el planeamiento.


El paisaje natural de Baena y Albendín representa un 1,5% del término, lo que sería casi la misma superficie que ocupan los dos núcleos de población, su periferia y otros espacios construidos como el embalse o degradados como escombreras. Según el mapa de paisajes de Andalucía, lo natural incluiría cuatro unidades fisionómicas: Paisajes de vegetación de ribera, breñales y breñales arbolados y eriales.


En los breñales, el elemento característico es el matorral. Del conjunto del paisaje natural representa el 34%, y junto al breñal arbolado, constituye los últimos reductos de la vegetación natural del término que han resistido la transformación histórica de lo que sería es monte mediterráneo original comentado ya en varias entradas anteriores.



FOTO 2. Paisaje de breñales en el entorno del Montesillo desde la A305.


En el término se distribuye en forma de pequeñas manchas asociadas a zonas de pendiente, poco aptas para el arado y las cabeceras de algunos arroyos. Los radales aparecen de forma exclusiva en la mitad meridional del término más o menos agregadas en torno a cinco zonas como Las Alberquillas, El Montesillo, La Ladera Sur de Baena, la cabecera del arroyo de Villanueva, el cerro del Chivo y la Serrezuela, y en torno al cerro de la Cabezuela.


El paisaje de breñales arbolados representa el 30% del paisaje natural. Como en el caso anterior se distribuye en forma de manchas, aunque con mayor grado de dispersión por parajes como Las Roblizas, Monte Horquera, El Lentiscar y El Doncellar, entre otros. Existen también otras manchas próximas al núcleo de Baena, que el desarrollo urbanístico pondría en riesgo. Es el caso de los rodales del el Haza del Reloj, Quiebracostillas y Las Cañadas.



FOTO 3. Paisaje de Breñal arbolado en el Doncellar desde la CO6204.


Los paisajes de ribera representan el 24% del conjunto de paisajes naturales. Incluye cinco manchas asociadas al Guadajoz, entre la presa de Vadomojón y la desembocadura del arroyo del Tinadillo, Vadofresno, el tramo entre el Palomar y La Maturra, los sotos de Las Alberquillas, y la unión del Marbella y el Guadajoz. De la cuenca del Marbella, el mapa sólo recoge un tramo del Bailón.



FOTO 4. Paisaje de vegetación de ribera. Sotos y Puente del Palomar desde CO5201.


Los eriales representan el 13% del paisaje natural. Incluye un total de 10 manchas que se distribuyen en torno al eje central del Guadajoz. Se trata de los barrancos y laderas que bordean la vega así como zonas inundables de pequeños arroyos en torno a los parajes de Las Alberquillas, Vado de las Estacas o Morana, entre otros.



FOTO 5. Paisaje de erial en el entorno de la Maturra desde el camino de Castro.


La protección de los paisajes de naturales
De las categorías de suelo no urbanizable los espacios de Valor Ecológico (SNU-VEI) incluirán parte de los paisajes de vegetación de ribera comentados. En esta zona el PGOU propone una norma que impida su deterioro mediante la prohibición de actuaciones de cualquier tipo. Los únicos usos permitidos serían los correspondientes a las actuaciones de protección o corrección hidrológica o a las de regeneración ambiental y paisajística, así como adecuaciones naturalísticas, según el PGOU, como senderos, miradores y observatorios.



FOTO 6. Zona de repoblada en el entorno del Portichuelo desde la A305


El resto de unidades de paisaje natural se incluirían de forma parcial en los Espacios con Fragilidad Ambiental como los reductos del antiguo monte mediterráneo, incluyendo monte bajo, matorral y algunos ejemplares de árboles autóctonos. En esta categoría el PGOU trata de “impedir el desarrollo de actuaciones que conlleven un deterioro de las misma proponiendo, por el contrario, actuaciones de mejora y regeneración ambiental” y limitando la lista de usos a construcciones e instalaciones vinculadas a la posible explotación de la finca y a la ejecución, mantenimiento y servicio de obras públicas, industrias, establecimientos de restauración, áreas recreativas, viviendas ligadas al mantenimiento de la obra y vivienda tradicional existente, y las infraestructuras que ineludiblemente deban localizarse en estos espacios. Lo que me parece bastante amplio y escaso comparado con las restricciones asociadas a la categoría anterior, y sobre todo a valores propios de este tipo de paisaje, y tan importante como otras categorías de suelo no urbanizable en el que se incluye el patrimonio histórico y al que el PGOU dedica la mayor parte de los contenidos del Título undécimo sobre normativa del Suelo No urbanizable.

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